AUTO CONSTITUCIONAL Nº 346/2001-CA
Fecha: 27-Sep-2001
carece manifiestamente de fundamento jurídico sobre las Resoluciones impugnadas que den mérito a una resolución sobre el fondo.
Que, sobre la base de ese precepto jurídico y previo análisis del Recurso Directo de Nulidad interpuesto por el recurrente, por Auto Constitucional No. 321/2001-CA de 4 de septiembre de 2001 la Comisión de Admisión rechazó el citado Recurso por considerar que carece manifiestamente de fundamento jurídico sobre las Resoluciones impugnadas que den mérito a una resolución sobre el fondo.
Que, por otra parte, conforme determina el art. 31 de la Constitución Política del Estado, el fundamento para la procedencia del Recurso Directo de Nulidad consiste únicamente en la incompetencia de la autoridad recurrida o la falta de jurisdicción o potestad, elementos que en el caso de autos deben referirse exclusivamente al pronunciamiento de la Resolución Administrativa impugnada, y no así a diferentes aspectos que pueden ser motivo de otra acción.