Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1016/01-R
Fecha: 21-Sep-2001
3.
3. Que en la audiencia del mismo día 13 de julio, la Jueza Cautelar demandada dispuso la detención preventiva del recurrente con el fundamento de que esta medida procede a petición fiscal y porque obstaculizará la averiguación de la verdad toda vez que tiene un domicilio distante al asiento judicial donde se le juzga. Para el efecto, libró el Mandamiento correspondiente que fue ejecutado en la fecha (fs. 36 y 39).