SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 1018/01-R
Fecha: 21-Sep-2001
PROCEDENTE EN PARTE
Previo requerimiento fiscal, la Corte de Hábeas Corpus dictó resolución declarando PROCEDENTE EN PARTE el Recurso con los siguientes fundamentos: a) Que disponer la detención domiciliaria de la recurrente y al mismo tiempo la obligación de presentarse una vez a la semana al Juzgado, resulta contradictorio y de imposible cumplimiento y b) Que la fianza de Bs. 130.000 es contraria al art. 241 del Código de Procedimiento Penal por cuanto está demostrada la insolvencia de la imputada.
Que por consiguiente, el Tribunal de Hábeas Corpus, al haber declarado PROCEDENTE EN PARTE el Recurso, si bien ha efectuado una correcta valoración de los antecedentes y adecuada aplicación de la norma prevista por el art. 18 de la Constitución, empero ha incurrido en error al declarar la procedencia sólo en parte, cuando lo que corresponde es la declaración de la procedencia simple y llanamente.