SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1046/01-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 1046/01-R

Fecha: 27-Sep-2001

2.

2.   Que, los recurrentes dentro del proceso penal en etapa del plenario que se les sigue en el Juzgado a cargo del recurrido, por memorial de 3 mayo de 2001 dentro del término previsto por el artículo 232 del Código de Procedimiento Penal ofrecieron prueba testifical y pericial proponiendo al perito y solicitaron: a) El “análisis grafológico del llenado tanto numeral como literal del cheque incriminado”, b) El “análisis de la firma de Ana María Roca estampada en el mismo”, c) complementación de un anterior informe pericial efectuado en la etapa de instrucción por el perito dirimidor y d) que se elabore una evaluación técnica del informe realizado por el perito que presentaron, exponiéndose cuál era la técnica en la elaboración del informe; memorial que fue proveído en todas sus partes dándose por admitida la prueba ofrecida, a excepción de la propuesta sobre la evaluación técnica y la conminatoria al perito, a cuyo efecto se dispuso vista fiscal (fs. 5-6 y vta.).