SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 932/2001-R
Fecha: 07-Sep-2001
Por su parte el recurrido
Por su parte el recurrido, informa: 1) Que durante la sustanciación del proceso sobre la base de pruebas contundentes, se determinó flagrantes delitos cometidos contra el Estado, pues malversaron fondos con dineros de la participación popular destinados a obras, que el recurrente firmó cheques a los propios Concejales para que lo elijan Alcalde, que además de ello permitió que un funcionario cobre como Tesorero y como Oficial Mayor de Cultura, de manera que no podía dejarlo libre cuando el recurrente ya tenía su pasaporte porque vive en Argentina y 2) Que dispuso la remisión al Juez Cautelar, para que dicha autoridad determine las medidas cautelares porque de no hacerlo el pueblo enardecido quería lincharlo, además que podía fugarse ya que no tiene domicilio fijo.