SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 89/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 89/02-R

Fecha: 24-Ene-2002

3.

3.   Concluida la audiencia el Tribunal de Hábeas Corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el Recurso, con el fundamento de que: 1) por la prueba aportada e informe del Fiscal Asistente se establece que el recurrido dio cumplimiento al art. 226 del Código de Procedimiento Penal vigente como asimismo puso en conocimiento del Juez cautelar el caso dentro del plazo establecido;  2) no existe detención indebida, correspondiendo al Juez de Instrucción definir la situación jurídica del hijo de la recurrente.