SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 92/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 92/02-R

Fecha: 24-Ene-2002

Fragmento 7

Que  el art. 9 de la Constitución Política del Estado, establece que nadie puede ser detenido, arrestado ni puesto en prisión sino en los casos y según las formas establecidas por ley,  requiriéndose para la ejecución del respectivo mandamiento, que éste emane de autoridad competente y sea intimado por escrito.  En el caso  que se examina no se dio cumplimiento a esta previsión constitucional, pues las autoridades policiales recurridas, Comandante Departamental de Policía de La Paz y Jefe de Inteligencia utilizaron una simple fotocopia del mandamiento  de aprehensión que había perdido su vigencia al haber  sido dejado sin efecto por el Juez de la causa, además de no estar facultados para ello.