Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1206/2002-R
Fecha: 14-Oct-2002
Actuario
”Que, por su parte, el Actuario del Juzgado procedió a su detención sin la existencia de un mandamiento y sin cumplir las formalidades de ley señaladas. Que, de lo anterior se establece que el recurrente ha sido objeto de detención indebida, por parte de los recurridos, quienes han actuado en franca violación de las normas legales precedentemente aludidas".