Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
el recurrido carece de legitimación pasiva
En consecuencia, el recurrido carece de legitimación pasiva en el presente hábeas corpus, calidad que, de acuerdo a lo sostenido por el Tribunal Constitucional en sus SSCC 255/01-R, 829/01-R, 1349/01-R y otros, se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción, lo que no ocurre en el presente caso, no pudiendo responsabilizarse de presuntas irregularidades a quien no las cometió.