Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1258/2002-R
Fecha: 21-Oct-2002
II.4.
II.4. No figura en el cuaderno procesal de amparo, ninguna decisión del Tribunal del recurso con referencia a dicha representación; empero, en el acta de audiencia (fs. 147), el presidente del mismo reconoce en forma expresa que no se notificó con la demanda “a un juez ciudadano”, en clara alusión al citado Héctor David Herbas.