SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1285/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1285/2002-R

Fecha: 21-Oct-2002

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente indica que el demandado violó su derecho a la propiedad privada y al trabajo al haber cerrado su fundo y no permitirle el paso, pese a que su propiedad está enclavada entre otras y no tiene otro camino para salir a la carretera. Por consiguiente, corresponde analizar si los hechos demandados ameritan la protección otorgada por el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).

De obrados se evidencia que con el alambrado que puso el recurrido al fundo rústico de su propiedad, dejó sin camino de salida a la propiedad agraria del recurrente, que se encuentra enclavada entre otros fundos, restringiéndole de esa manera sus derechos al libre ingreso y salida de su fundo y al trabajo, por lo que, no obstante de que el recurrente cuenta con otras vías legales para hacer valer sus derechos, corresponde, dada la peculiaridad del caso, otorgarle la protección del amparo a fin de restituirle en forma inmediata y eficaz el paso por el fundo de propiedad del recurrido, entretanto las autoridades jurisdiccionales se pronuncien sobre la servidumbre en sí;  así lo ha establecido la jurisprudencia de este Tribunal, en las SSCC 489/2001-R y 849/2001-R, entre otras.