art. 28 de la Ley de Abreviación procesal civil y asistencia familiar,
Antonieta Siles de Ramírez dentro del proceso ejecutivo seguido por el Centro de Investigación y Desarrollo Regional (CIDRE) representado por Oscar Gualberto Claure Villarroel en su contra y la de Juan Ramírez Trujillo, solicita al Juez de la causa promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra el art. 28 de la Ley de Abreviación procesal civil y asistencia familiar, con el argumento de que la norma impugnada no prevé o permite que el Juez, ponderando las circunstancias concurrentes del caso y a fin de evitar indefensión del deudor, pueda suspender la tramitación del proceso ejecutivo o coactivo civil una vez iniciado el proceso declarativo ordinario correspondiente, vulnerando de esta manera el art. 16-II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Janeth Rivas Soliz, Jueza de Instrucción Cuarta en lo Civil de Cochabamba, a instancia de Antonieta Siles de Ramírez
- art. 28 de la Ley de Abreviación procesal civil y asistencia familiar,
- I.2. Respuesta al recurso
- Jueza de Instrucción Cuarta en lo Civil de Cochabamba
- II.2. Cumplimiento de requisitos.
- autoridad judicial ya ha dictado sentencia
- APRUEBA
- aprobado el rechazo
