SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1415/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1415/2002-R

Fecha: 22-Nov-2002

IMPROCEDENTE

La Sentencia de 13 de  septiembre de  2002, cursante a fojas 141 vta. y 142, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara IMPROCEDENTE el amparo planteado, con estos  fundamentos: a) “la Sentencia Constitucional Nº 1044/2002-R de fecha 2 de septiembre de 2002, ha sentado una nueva línea jurisprudencial, con relación a la aplicación del art. 117 LOJ, cuando señala que la intervención del Vocal semanero resulta ser un formalismo no esencial, cuya prescindencia no puede causar nulidad”; b) “en todos los procesos nuevos, ha intervenido el Vocal Semanero en la  distribución de dichas causas, firmando el libro correspondiente como indica el art. 120 LOJ, de manera tal que se ha cumplido lo previsto por el art. 117 de la citada Ley”; c) la autoridad recurrida no ha incurrido en ningún acto ilegal ni omisión indebida que restrinja los derechos de la recurrente.