AUTO CONSTITUCIONAL Nº 049/02-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 049/02-CA

Fecha: 05-Feb-2002

Fragmento 3

Que, en consecuencia,  el Recurso Contra Tributos interpuesto por Luis Jaime Urcullo Reyes contra el Alcalde Municipal de La Paz, Juan Fernando del Granado Cosio, no es procedente, por cuanto a través del presente recurso  se demanda  los parámetros que se han tomado para la liquidación y determinación del mencionado impuesto con referencia al inmueble de  su propiedad, y no así,  la disposición legal que creó el impuesto a la propiedad de bienes inmuebles, conforme correspondía, señalando la  disposición legal que creó, modificó o suprimió el tributo o impuesto referido y el fundamento de su inconstitucionalidad.