Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 054/02- CA
Fecha: 06-Feb-2002
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31-1) concordante con el art. 82 parágrafo III de la Ley Nº 1836, RECHAZA el Recurso interpuesto por Juan José Bautista Luque, Secretario General de la Federación Departamental de Trabajadores en Luz, Fuerza, Teléfonos y Aguas de La Paz, en representación de la misma y del Sindicato Mixto de Trabajadores Aguas del Illimani, a fojas 101 a 104 del expediente.