AUTO CONSTITUCIONAL Nº 068/2002- CA
Fecha: 25-Feb-2002
carece manifiestamente de fundamento jurídico
Que, el presente Recurso Directo de Nulidad es interpuesto por el recurrente demandando la nulidad del memorandum GRH/CJ/034/02 de 7 de febrero de 2002 y no la nulidad de la determinación asumida en la sesión del día martes 5 de febrero del presente año, fecha en la que supuestamente sesionaron y decidieron el despido del recurrente conforme manifiesta en memorial que antecede. Por lo que al ser la finalidad del memorandum impugnado, el de poner en conocimiento del recurrido la determinación del Pleno del Consejo de la Judicatura de suspensión de su designación provisional, el fundamento de que la sesión que tomó aquella determinación haya nacido nula de pleno derecho por haberse citado tan sólo a dos de sus miembros, corresponde a la posible nulidad de aquella determinación, cuya nulidad no es demandada a través del presente Recurso Directo de Nulidad, y no a la comunicación efectuada mediante el memorandum impugnado; en consecuencia, el presente Recurso carece manifiestamente de fundamento jurídico que dé merito a una resolución sobre el fondo.