Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 069/02-CA
Fecha: 25-Feb-2002
rechazan el incidente
Que, sin respuesta al traslado corrido por decreto de 23 de enero de 2002, el Presidente y Ministros de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, rechazan el incidente por encontrarlo manifiestamente infundado; Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836 es elevada en consulta ante este Tribunal.