SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 147/02-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 147/02-R

Fecha: 20-Feb-2002

co-recurrida

A su turno, el abogado de la co-recurrida, propietaria del “Nigth Club Laurent”, expresa que: a) se cumplió con los requisitos requeridos para el funcionamiento del centro nocturno, lo que implica inversión de tiempo, etc, ante la Alcaldía Municipal, SEDEGES, Renta, etc; b) este local funciona hace más de 20 años con diferentes propietarios por lo que las instituciones que lo rodean son  recientes, aclarando que no es evidente que en él se produzcan peleas o disturbios callejeros; c) el muro colindante con el local es de la familia que lo alquila puesto que el recurrente debe construir su propia pared, además de que constituye una fuente de trabajo para más de 60 personas que representan familias; d) con relación al ruido aducido, en la vía conciliatoria se ha procedido a realizar trabajos  anti-ruidos en las paredes y finalmente que no se ha vulnerado ningún derecho del propietario del alojamiento.