Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 154/02-R
Fecha: 27-Feb-2002
Que en consecuencia, el Fiscal demandado emitió la orden de aprehensión en directa transgresión del art. 224 de la Ley Nº 1970 que establece que esa medida procede únicamente en caso de que el citado legalmente no se hubiera presentado ni hubiera justificado en forma legítima su inconcurrencia, es decir cuando exista un desobedecimiento a una orden de autoridad competente, lo que no se ha dado en el caso de autos.
Que en consecuencia, el Fiscal demandado emitió la orden de aprehensión en directa transgresión del art. 224 de la Ley Nº 1970 que establece que esa medida procede únicamente en caso de que el citado legalmente no se hubiera presentado ni hubiera justificado en forma legítima su inconcurrencia, es decir cuando exista un desobedecimiento a una orden de autoridad competente, lo que no se ha dado en el caso de autos.
- CONSIDERANDO
- procedente
- Que en consecuencia, el Fiscal demandado emitió la orden de aprehensión en directa transgresión del art. 224 de la Ley Nº 1970 que establece que esa medida procede únicamente en caso de que el citado legalmente no se hubiera presentado ni hubiera justificado en forma legítima su inconcurrencia, es decir cuando exista un desobedecimiento a una orden de autoridad competente, lo que no se ha dado en el caso de autos.
- POR TANTO: