Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 182/02-R
Fecha: 27-Feb-2002
improcedente
Que concluida la audiencia pública, el Tribunal del Recurso declaró improcedente el Amparo fundamentando: 1) Que el recurrente no puede repetir su petitorio por existir en el caso doble sentencia ejecutoriada tanto en la vía constitucional como en la vía contencioso-administrativa y 2) Que la repetida anotación preventiva no afecta el normal desenvolvimiento de los vehículos gravados