Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 13/2002-CDP
Fecha: 22-Mar-2002
1.
1. Que por Auto Constitucional N° 38/01-CDP de 20 de diciembre de 2001, el Tribunal Constitucional anuló la Resolución revisada de 19 de noviembre de 2001 que calificó los daños y perjuicios en el presente caso, y dispuso que el Tribunal de Amparo dicte nueva resolución considerando los elementos anotados, debiendo enviarla nuevamente en revisión ante este Tribunal (fs. 60).