SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 304/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 304/2002-R

Fecha: 20-Mar-2002

procedente

La Resolución de fs. 265 a 266 declara procedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) Que la organización de la Asociación de Productores de Leche del Valle de Cochabamba debe responder a principios de justicia social, sin reconocer ninguna forma de monopolio privado, a lo que se agrega que todos son iguales ante la ley que otorga igual protección contra toda discriminación; b) Que la unilateral determinación contenida en la carta de fs. 22 suscrita por el recurrido, constituye un acto ilegal y un atentado a las normas constitucionales, al Acta de Fundación de la Sociedad PIL ANDINA S.A.. y a sus propios Estatutos y c) Que los arts. 238 del Código de Comercio, 241 y 253 del Código Civil disponen que el capital social está dividido en acciones de igual valor siendo libre su transmisión, lo que impide discriminar a sus tenedores, máxime si en el Acta de Fundación y en los Estatutos no se ha previsto ningún precio preferencial para los accionistas fundadores de PROLEC S.A.