Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 308/2002-R
Fecha: 20-Mar-2002
rechaza
Que, siendo notificado el recurrente con el citado decreto por memorial de fs. 33 sólo expresa acompañar la documentación extrañada, sin referirse a los demás requisitos que fueron solicitados, por lo que el citado Tribunal mediante la resolución revisada rechaza el recurso, dado que en su criterio el recurrente no acompañó la documentación necesaria que señala en su demanda como tampoco citó el domicilio de la autoridad recurrida, ni precisó con claridad los derechos y garantías que considera lesionados.