SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 312/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 312/2002-R

Fecha: 20-Mar-2002

Amparo Constitucional,

Que, en el caso de autos, se evidencia que la Empresa de Servicios Integrales “ESIN SRL”, confiere un poder notariado a favor del recurrente, en su condición de Gerente General, otorgándole facultades para la realización de todos los actos jurídicos, administrativos, comerciales, etc., en cuyo Punto 5 relativo a los actos judiciales, señala entre otros, “interponer recursos ordinarios y extraordinarios (...) de Amparo Constitucional, hábeas corpus, etc” (fs. 56-59). Consiguientemente, el recurrente cuenta con poder general pero no suficiente ni especial para el caso concreto como se requiere en los requisitos formales para la interposición del Amparo Constitucional.