SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 324/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 324/2002-R

Fecha: 25-Mar-2002

IMPROCEDENTE

3.   La  Resolución que sale a fs. 20-22 declara IMPROCEDENTE el Recurso, con el fundamento de que: a) de acuerdo a lo previsto por el art. 66 de la Ley del Tribunal Constitucional, no se faculta a este Tribunal, conocer y resolver la decisión asumida por el Juez Cautelar, b) la detención preventiva dispuesta por el Juez recurrido, ha sido apelada ante la Corte Superior, no siendo las medidas impuestas de carácter definitivo sino preventivo y c) se ha mencionado que se ha retirado el recurso de apelación, aspecto que no ha comprobado ese Tribunal, no siendo el recurso extraordinario, sustitutivo de otros recursos ordinarios.