SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 460/2002-R
Fecha: 22-Abr-2002
01 de diciembre de 2001
Que por la precedente relación, se evidencia que el presente recurso ha sido planteado el 08 de diciembre de 2001 en contra del Colegio de Auditores y/o Contadores Públicos de Bolivia, en la persona de Wálter López Valenzuela; pero por la documental adjunta en obrados se constata que con anterioridad a esa fecha, el 01 de diciembre de 2001, el Colegio de Auditores ya no se encontraba representado por el recurrido, sino por otra persona, contra quién no se dirigió esta acción extraordinaria. Consiguientemente, la demanda ha sido erróneamente dirigida careciendo el demandado de legitimación pasiva, calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la persona que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción, lo que no ocurre en el presente caso.