Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 474/2002-R
Fecha: 19-Abr-2002
improcedente
La Resolución de fs. 80 a 81, declara improcedente el recurso con el argumento de que el recurrente no ha agotado la fase administrativa del proceso ante las autoridades superiores como la Dirección Distrital de Educación y el Ministerio del ramo, además ha presentado el Amparo en base a disposiciones derogadas, sin que exista constancia sobre la violación de los derechos del recurrente por la autoridad demandada.