SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 489/2002-R
Fecha: 19-Abr-2002
Fragmento 3
La Resolución de fs. 209, declara improcedente el recurso en consideración a que los recurrentes fueron sometidos a proceso, dictándose la Resolución 09/01 de 26 de octubre de 2001 con la que fueron notificados el 16 de noviembre de 2001, habiendo formulado recurso de revocatoria recién el 16 y 19 de diciembre de 2001, fuera del término de los tres días señalados en los arts. 21 y 22-d) y e) del Decreto Supremo 26237 de 29 de junio de 2001 que modifica el Decreto Supremo 23318-A de 3 de noviembre de 1992, cuando ya había precluido su derecho, dando lugar a la Resolución 11/02 de 4 de diciembre de 2001 que rechaza los recursos y declara ejecutoriado el fallo, no siendo el Amparo sustitutivo de las vías administrativas con las que contaban los recurrentes para defender sus derechos y que no utilizaron por negligencia.