AUTO CONSTITUCIONAL Nº 217/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 217/2002-CA

Fecha: 09-May-2002

rechaza el incidente

Que, con la respuesta de Boris Marinkovic Rivadineira en representación del Banco Económico S.A. cursante a fs.9 del expediente,  por Resolución de 20 de marzo de 2002, el Juez Octavo de Partido  Ordinario en lo Civil-Comercial de Santa Cruz, Roberto  J. C. Pierini   De  Paulis, rechaza el incidente  en consideración a que no se cumple lo dispuesto por el art. 61 de la Ley Nº 1836; que  por reiterados Autos Constitucionales se ha aprobado los rechazos de los diferentes Jueces de la República contra las pretensiones de declaratoria de inconstitucionalidad del art. 42-II de la Ley Nº 1760 y  con referencia al art. 19 de la Ley Nº 2297, antes de afectar los derechos y garantías de los coactivados, los beneficia al haber desaparecido la subasta sin base. Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la citada Ley Nº 1836,  es elevada en consulta ante este Tribunal.