AUTO CONSTITUCIONAL N° 24/2002-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL N° 24/2002-CDP

Fecha: 31-May-2002

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV, 120-7ª de la Constitución Política del Estado APRUEBA la Resolución de 1 de abril de 2002 de fs. 108-109 en cuanto dispone la suma de Bs200 como monto por responsabilidad civil (disminución patrimonial), y REVOCA la Resolución de 07 de mayo de 2002 de fs. 126 vta. que deja sin efecto la imposición de costas y DISPONE que se mantenga como válida la Resolución de 26 de abril de 2002 de fs. 120 vta., que fija la suma de Bs2000 por concepto de honorarios profesionales que los recurridos deberán cancelar al recurrente (gastos de reposición ).