Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL N° 26/2002- ECA
Fecha: 31-May-2002
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO: Que, mediante memorial de 30 de abril de 2002, los recurrentes, solicitan se enmiende y aclare la parte dispositiva de la Sentencia Constitucional Nº 418/2002-R de 15 de abril de 2002, dado que este fallo no obstante aprobar la improcedencia del Recurso referido, dispone se proceda conforme al art. 102-VI de la Ley Nº 1836, lo cual resulta contradictorio, pues lo que debió disponerse era la imposición de costas a la recurrente.