AUTO CONSTITUCIONAL N° 26/2002- ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL N° 26/2002- ECA

Fecha: 31-May-2002

POR TANTO:

POR TANTO: El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los artículos 19-IV y 120-7ª de la Constitución Política del Estado y 102-V de la Ley Nº 1836, declara HABER LUGAR a la solicitud de enmienda y aclaración solicitada, disponiendo deje sin efecto la parte resolutiva relativa a la disposición de calificación de daños y perjuicios; y en su lugar se impone a la recurrente la multa de Bs.200 y condena al pago de costas de conformidad a la norma prevista en el  art. 102-III de la Ley Nº 1836.