SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 552/2002-R
Fecha: 13-May-2002
3.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso con los siguientes fundamentos: 1) en la expulsión del Directorio y la convocatoria a nuevas elecciones no se han cumplido las normas del Estatuto y Reglamento Interno de la Cámara Departamental de Distribuidores de Gas Licuado de Petróleo; 2) si los recurrentes cometieron faltas en el ejercicio de sus funciones debieron ser sometidos a proceso interno; 3) se ha vulnerado su derecho a la defensa y a la asociación lícita.
3. Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso con los siguientes fundamentos: 1) en la expulsión del Directorio y la convocatoria a nuevas elecciones no se han cumplido las normas del Estatuto y Reglamento Interno de la Cámara Departamental de Distribuidores de Gas Licuado de Petróleo; 2) si los recurrentes cometieron faltas en el ejercicio de sus funciones debieron ser sometidos a proceso interno; 3) se ha vulnerado su derecho a la defensa y a la asociación lícita.