SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 570/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 570/2002-R

Fecha: 20-May-2002

IMPROCEDENTE

Que, concluida la audiencia, el tribunal del Recurso de acuerdo con el dictamen fiscal dictó Sentencia declarando IMPROCEDENTE el Amparo fundamentando que los fondos reclamados por los recurrentes, han sido objeto de un contrato de administración y recuperación de préstamos individuales otorgados a los beneficiarios del plan habitacional, el cual fue firmado entre el FONVIS y la Mutual “La Promotora”, por lo que está comprendido dentro de las previsiones del art. 519 del Código Civil, por consiguiente, no puede ser sometido a un recurso constitucional.