Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 615/2002-R
Fecha: 29-May-2002
procedente
La Resolución de fs. 51 a 52, declara procedente el recurso, disponiendo se deje sin efecto la citación realizada en forma directa a los recurrentes por el Fiscal demandado, con el fundamento de que dicha citación es ilegal, en el entendido de que la misma no se ajusta a las normas legales que rigen la materia, estableciéndose que los citados están indebida e ilegalmente perseguidos y procesados.