SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 618/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 618/2002-R

Fecha: 29-May-2002

improcedente

La Resolución de fs. 216 y vta. declara improcedente el recurso con costas y multa de Bs200.-, argumentando que: a) El recurrente no aclara ni motiva los derechos y garantías que se hubiesen restringido, menos demostró las omisiones indebidas en que habría incurrido el Juez recurrido, al contrario, este último acreditó que en ejecución de sentencia reguló y aprobó las costas a favor de la parte civil conforme a procedimiento, toda vez que las partes no usaron los recursos legales que franquea la ley; y b) Que la petición de revocatoria de la suspensión condicional de la pena, no puede ser considerada dentro del Amparo, ya que con ello se pretende dejar sin efecto resoluciones pronunciadas conforme a derecho.