AUTO CONSTITUCIONAL Nº 286/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 286/2002-CA

Fecha: 14-Jun-2002

rechaza el incidente

Que, con la respuesta de la parte contraria, cursante a fs. 20 a 22  del expediente, por Resolución Nº 293/2002 de 2 de mayo de 2002, la Jueza del  Juzgado Cuarto  de Partido en Materia Civil y Comercial de La Paz, Consuelo  Chacón   Schmidt de Méndez, rechaza el incidente al considerar que invocar la inconstitucionalidad de las normas  impugnadas es inaceptable  por cuanto  nuestra legislación actual tiende a dilucidar  los problemas surgentes en la sociedad  con mayor celeridad  dentro del plano de la equidad;   Resolución que en cumplimiento a lo dispuesto por el art. 62-1) de la Ley Nº 1836 es elevada en consulta ante este Tribunal.