Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 306/2002-CA
Fecha: 26-Jun-2002
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31.1) concordante con el art. 82.III ambos de la Ley Nº 1836, RECHAZA el Recurso interpuesto por Denise Mostajo Sotelo en representación de Luis Alberto Valle Ureña, de fs. 24 a 28 del expediente.