SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 658/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 658/2002-R

Fecha: 07-Jun-2002

2.

2.   Concluida la audiencia el Tribunal de Amparo pronuncia Resolución que declara procedente el Recurso con los siguientes fundamentos: 1) el recurrente ha demostrado su derecho propietario sobre los lotes en cuestión, por lo que los actos de perturbación del demandado vulneran el derecho a la propiedad previsto por el art. 22 de la Constitución Política del Estado.