Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 679/2002-R
Fecha: 10-Jun-2002
procedente
La Resolución de fs. 84 declara procedente el Recurso y deja sin efecto la resolución 540/01 de 28 de enero de 2001, a fin de que el recurrido haga cumplir los Laudos Arbitrales 09/01 y 13/01, así como los montos ya establecidos, con el fundamento de que el juzgador demandado actuó sin jurisdicción ni competencia al dictar el auto impugnado, toda vez que su competencia está limitada a auxiliar la ejecución forzosa.