Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 747/2002-R
Fecha: 24-Jun-2002
improcedente
La Sentencia de fs. 22, declara improcedente el recurso con el fundamento de que la sentencia condenatoria con la sanción de 6 años y 8 meses de presidio justifica la revocatoria de la cesación de detención preventiva dispuesta por el recurrido conforme a los arts. 233 y 250 de la Ley 1970, por cuanto ya no se puede presumir la inocencia de los recurrentes y existe el peligro de fuga.