SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 751/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 751/2002-R

Fecha: 25-Jun-2002

improcedente

La Resolución de fs. 571 vta. a 572 declara improcedente el Recurso, con costas, con los siguientes fundamentos: a) INALCO tenía perfecto conocimiento tanto de la Asamblea para constituir el Comité Electoral como también de la realización de las elecciones y el hecho de que hubiera o no estado presente no hace nulatorio el plebiscito, habida cuenta que la Cooperativa lo que tenía que hacer era dar conocimiento a INALCO para que esté presente y se dé cumplimiento a la ley; y b) La situación con los anteriores Amparos Constitucionales difiere totalmente, ya que se ha acreditado la intervención de INALCO en todos los actos antes, durante y después de las elecciones que se tratan de anular mediante este Amparo Constitucional.