SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 752/2002-R
Fecha: 25-Jun-2002
procedente en parte
La Resolución de fs. 112 declara procedente en parte el Recurso respecto a los vocales recurridos, por ende, deja sin efecto el Auto de Vista de 15 de abril de 2002 disponiendo dicten nueva resolución; no así contra el Juez recurrido quien en la tramitación de la causa ha observado las normas procedimentales que rigen la materia. Que el fundamento de este fallo radica en que: a) El proceso ejecutivo fue llevado por el juzgador demandado conforme a ley, sin que hubiera conculcado ninguna norma procesal y en respeto de los derechos de las partes; y b) El Auto de Vista dictado por los vocales recurridos no cumple con lo dispuesto por el art. 236 del Código de Procedimiento Civil puesto que los fundamentos que sustentan la alzada han sido sólo parcialmente resueltos, careciendo el fallo de motivación legal y lógica, máxime si se trata de la última instancia que tienen los sujetos procesales.