SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 759/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 759/2002-R

Fecha: 28-Jun-2002

a)

            A su turno, la Autoridad recurrida, manifestó: a) el recurrente no se presentó a la audiencia confesoria, por lo que se lo declaró rebelde, se ordenó el secuestro de sus bienes y se suspendió su ciudadanía, mediante Auto de 10 de agosto de 2001, b) en 17 de enero de 2002 se apersonó y pidió se deje sin efecto la rebeldía declarada, c) se dejó sin efecto dicha rebeldía a través de Auto de 23 de enero de 2002, d) en audiencia de declaración confesoria, se le concedió el beneficio de libertad provisional, bajo fianza de dos personas, formalidad que fue cumplida y e) la solicitud de devolución de bienes secuestrados del recurrente, es rechazada mediante Auto de 05 de abril de 2002. Por todo lo que pide sea declarado improcedente el Recurso.