SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 792/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 792/2002-R

Fecha: 28-Jun-2002

improcedente

La Sentencia de fs. 253 a 256,  declara  improcedente el recurso con el fundamento de que la falta de señalamiento de audiencia de medidas cautelares y la realización de oficio de la audiencia de cesación de detención preventiva son faltas cometidas por la autoridad jurisdiccional y no por el Fiscal, al que le corresponde concluir con la etapa investigativa.