Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL Nº 309/2002-CA
Fecha: 01-Jul-2002
POR TANTO:
POR TANTO: La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) concordante con el 33 parágrafo I inciso 2) de la Ley Nº 1836, con el fundamento expuesto en el considerando que antecede, APRUEBA el RECHAZO contenido en el Auto de 15 de mayo de 2002 pronunciado por Marcelo Barrientos Díaz, Juez Tercero de Partido en lo Civil de Santa Cruz, cursante a fs. 14 vta. del expediente.