AUTO CONSTITUCIONAL Nº 337/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL Nº 337/2002-CA

Fecha: 15-Jul-2002

carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional

Que, en el caso de autos, Rómulo Rojas Gott solicita se promueva el Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad de los arts. 42 parágrafo II de la Ley 1760 (sustituido por el art. 19  del Capítulo VI de la Ley  de Fortalecimiento de la Normativa y Supervisión Financiera Nº 2297 de 20 de diciembre de 2001) y 19 de la Ley 2297 de 20 de diciembre de 2001, sin cumplir uno de los requisitos antes referidos, por cuanto no señala la relevancia que tendrán las disposiciones legales en la decisión del proceso, debido a que en el mismo ya se dictó Sentencia y no existe decisión judicial alguna pendiente de adoptarse; de ello se concluye que el  Recurso Indirecto o Incidental de Inconstitucionalidad carece en absoluto de contenido jurídico-constitucional que justifique una decisión sobre el fondo.