AUTO CONSTITUCIONAL N° 36/2002-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL N° 36/2002-ECA

Fecha: 02-Jul-2002

impugna

            Que dentro del plazo establecido por el art. 50 de la Ley del Tribunal Constitucional, el recurrente solicita enmienda de la indicada Sentencia Constitucional señalando que la impugna “a objeto  -dice- de resguardar mis derechos y mi prestigio como Jefe Policial...” (sic), haciendo luego una relación de algunos antecedentes referidos a un primer Amparo Constitucional y al que motiva la presente solicitud de enmienda para concluir solicitando textualmente que “se proceda a la enmienda de la resolución de sentencia constitucional N° 647/2002-R, ya que no se ajusta a la verdad porque mis derechos se están restringiendo...” (sic).