Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 908/2002-R
Fecha: 29-Jul-2002
procedente
La Resolución de fs. 112 a 113 declara procedente el Recurso, disponiendo que las recurrentes reasuman sus cargos, con el argumento de que éstas fueron ratificadas como Presidenta y Secretaria del Concejo Municipal de Palca, mediante Resolución 22/2001 de 18 de abril de 2001 por el tiempo que dure su gestión, y que la Ley 2316 fue promulgada en el mes de enero de 2002, en forma posterior a esa ratificación, debiendo tener vigencia a partir de su publicación y no pretender aplicarla con carácter retroactivo en vulneración del art. 33 de la Constitución Política del Estado.