AUTO CONSTITUCIONAL 375/2002-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 375/2002-CA

Fecha: 14-Ago-2002

I.2. Argumentos jurídicos del recurso

            Argumenta que en esencia y en su génesis la Resolución   RA-PE-01-001-02  crea una tasa paralela a los tributos creados por ley, originando una obligación cuyo hecho generador  es la prestación de un servicio público individualizado, vulnerando los arts. 26º, 30º, 31º, 32º, 59º, 72º, 73º, 74º, 75º,  76º, 77º, 78º, 79º, 80º,º 81º y 228º de la Constitución Política del Estado (CPE) así como los arts. 1º, 4º, 13º 14º, 15º, 16º y 17º del Código Tributario (CT).